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Indemnización por enfermedad profesional: qué debes saber y cómo solicitarla

Indemnización por enfermedad profesional: qué debes saber y cómo solicitarla

Cuando una persona desarrolla una dolencia directamente relacionada con su actividad laboral, puede estar ante una enfermedad profesional. En estos casos, es fundamental conocer si existe derecho a una indemnización por enfermedad profesional y cómo se puede tramitar con respaldo legal. Esta situación puede derivar, además, en distintos grados de incapacidad permanente, lo que conlleva pensiones y compensaciones económicas adicionales.

En Jordán & Cervera Abogados, te ayudamos a identificar el origen profesional de tu enfermedad, reclamar tu indemnización y proteger tus derechos por incapacidad permanente, sin que tengas que preocuparte por los procedimientos legales.

¿Qué es una enfermedad profesional?

Una enfermedad profesional es aquella contraída como consecuencia directa del trabajo que se realiza. Esto es, por la exposición a agentes físicos, químicos, biológicos u otros factores propios del entorno laboral. A diferencia de una enfermedad común, la profesional debe estar incluida en el cuadro oficial aprobado por la Seguridad Social y vinculada a un determinado sector o actividad.

Ejemplos frecuentes incluyen:

  • Asbestosis o cáncer de pulmón en trabajadores expuestos al amianto.
  • Dermatitis crónica en operarios de la industria química.
  • Hipoacusia (pérdida auditiva) en trabajadores del metal o la construcción.
  • Síndrome del túnel carpiano en trabajadores administrativos o de montaje.

Indemnización por enfermedad profesional: ¿qué puedes reclamar?

Cuando una enfermedad es reconocida como profesional, el trabajador tiene derecho a varias compensaciones, además del tratamiento médico:

  1. Pensión por incapacidad permanente: según la gravedad del daño, puede ser parcial, total, absoluta o de gran invalidez.
  2. Indemnización a tanto alzado si se reconoce una incapacidad permanente total o absoluta, especialmente cuando la enfermedad impide seguir trabajando.
  3. Indemnización adicional por responsabilidad del empresario, si hubo negligencia, falta de prevención de riesgos o exposición indebida.

Incapacidad y enfermedad profesional: cómo se relacionan

Muchas enfermedades laborales pueden derivar en una incapacidad permanente absoluta si el trabajador ya no puede desempeñar ninguna profesión. Otras veces se reconoce una incapacidad permanente total cuando solo se ve afectado el trabajo habitual.

Por ejemplo:

  • Un pintor con intoxicación por disolventes que desarrolla una patología neurológica grave podría ser declarado en gran invalidez, y reclamar una pensión más un complemento económico.
  • Un operario que desarrolla tendinitis crónica en ambos brazos y no puede continuar en su puesto habitual podría obtener una incapacidad permanente total y su indemnización correspondiente.

Cómo solicitar la indemnización por enfermedad profesional

El proceso puede ser complejo y requiere experiencia jurídica. En Jordán & Cervera Abogados nos ocupamos de todos los trámites:

  • Te ayudamos a recopilar la documentación médica y laboral necesaria.
  • Analizamos si tu enfermedad puede encuadrarse en el listado oficial de enfermedades profesionales.
  • Calculamos la indemnización que te corresponde según el tipo de incapacidad y las bases reguladoras.
  • Tramitamos la solicitud ante el INSS y defendemos tus derechos si hay una denegación o propuesta inferior a la que te corresponde.

Nuestro objetivo es que tú no tengas que preocuparte por nada, solo por tu recuperación.

¿Por qué contar con abogados especializados?

En ocasiones, la empresa o las mutuas intentan calificar una enfermedad profesional como común para evitar costes. También es habitual que el trabajador no conozca sus derechos en caso de incapacidad permanente o no sepa que tiene derecho a una indemnización por accidente laboral o enfermedad profesional.

En Jordán & Cervera Abogados, estudiamos tu caso con detenimiento y te damos una respuesta clara, honesta y eficaz. Ya hemos ayudado a decenas de trabajadores en Valencia a obtener el reconocimiento de su enfermedad profesional y la indemnización correspondiente.

Jordán & Cervera Abogados: contacto

Llámanos al 96 336 39 65 o al 653 02 88 75, o escríbenos a info@jordanycerveraabogados.es. También puedes visitarnos en C/ de Pizarro, 1, puerta 25 (esquina C/ Colón), 46004, Valencia. La primera consulta es gratuita, y en ella analizamos tu situación con total confidencialidad.

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